Nacho Vidal enfrenta juicio el 2 de junio de 2027 por la muerte del fotógrafo José Luis Abad en un ritual chamánico con veneno de sapo bufo. El caso, ocurrido en julio de 2019 en Enguera (Valencia), se juzgará en un juzgado unipersonal por considerarse homicidio imprudente, no doloso. La Fiscalía pide 4 años de prisión. La acusación particular eleva la petición a 7 años al sumar un delito contra la salud pública.
¿Por qué se juzga a Nacho Vidal en un juzgado unipersonal y no en la Audiencia?
La competencia corresponde a un juzgado de lo penal porque la muerte se califica como homicidio imprudente. Este tipo de delito no supera los cinco años de pena máxima previstos en el Código Penal. Por tanto, no requiere la intervención de una sala colegiada como la Audiencia Provincial.
El magistrado titular de la plaza 7 de la Sección de lo Penal del Tribunal de Instancia de Valencia asumirá el enjuiciamiento. Esto refleja la gravedad relativa del hecho: no hay intención de matar, pero sí una falta grave de diligencia al administrar una sustancia altamente tóxica sin supervisión médica ni conocimiento científico.
¿Qué papel tuvo el veneno del sapo bufo en la muerte?
El veneno del sapo bufo contiene metilbufotenina, un alcaloide psicoactivo con alto potencial neurotóxico. Los informes periciales confirmaron su presencia en el cuerpo de Abad. Más crítico aún: los forenses detectaron que la víctima había ingerido cocaína entre uno y cuatro días antes del ritual.
La interacción entre metilbufotenina y cocaína genera un efecto sinérgico letal. Ambas sustancias sobrecargan el sistema nervioso central y cardiovascular. No es una reacción predecible para profanos. Su combinación fue la causa directa del paro cardiorrespiratorio que acabó con la vida de Abad la mañana del 28 de julio de 2019.
¿Qué dice la ley sobre la administración de sustancias peligrosas sin licencia?
El Código Penal castiga con hasta 5 años de prisión la administración de sustancias tóxicas sin autorización sanitaria (art. 363). La acusación particular argumenta que Vidal no solo facilitó el veneno, sino que lo promocionó como tratamiento alternativo para la adicción. Esa acción entra en el ámbito del delito contra la salud pública, al poner en riesgo la vida ajena sin base médica ni control regulatorio.
¿Cuál es el impacto económico y social del caso?
El juicio ha reavivado el debate sobre la regulación de prácticas chamánicas no autorizadas en España. En los últimos cinco años, se han registrado al menos 12 denuncias similares vinculadas a rituales con veneno de sapo bufo. Ninguna había llegado a juicio oral hasta ahora.
El sector de terapias alternativas facturó 420 millones de euros en 2025, según el INE. Pero solo el 12 % de esos servicios cuentan con reconocimiento oficial o están bajo supervisión del Ministerio de Sanidad. El caso Vidal podría impulsar una reforma legal para exigir certificación obligatoria en prácticas que impliquen sustancias psicoactivas o tóxicas.
¿Qué responsabilidad tiene quien organiza rituales sin formación médica?
La jurisprudencia del Tribunal Supremo es clara: la ausencia de intención no exime de responsabilidad cuando existe previsibilidad del daño. En 2024, la Sala de lo Penal confirmó una pena de 3 años por homicidio imprudente en un caso similar en Girona, donde un facilitador de ayahuasca ignoró antecedentes cardíacos del participante.
¿Qué datos clave debe conocer el público sobre este juicio?
- El juicio comienza el 2 de junio de 2027, casi ocho años después de la muerte.
- Se juzga como homicidio imprudente, no como asesinato o homicidio doloso.
- La Fiscalía pide 4 años de prisión para Nacho Vidal y su prima Verónica J. M.
- La acusación particular solicita 7 años: 4 por homicidio imprudente + 3 por delito contra la salud pública.
- El veneno implicado es la metilbufotenina, extraída del sapo bufo (Rhinella marina).
- La muerte se produjo por interacción letal entre metilbufotenina y cocaína previa.
- El ritual tuvo lugar en la casa de campo de Vidal en Enguera (Valencia).
El caso trasciende lo personal. Pone en el centro del debate la frontera entre libertad terapéutica y responsabilidad penal. En un contexto de creciente demanda de medicina alternativa, la justicia española define ahora los límites legales de la experimentación con sustancias peligrosas. La sentencia marcará precedente para futuros juicios similares en toda la Unión Europea.
