Fabiola Mbulito Bjombe, de 12 años, falleció en la playa de La Laja (Las Palmas de Gran Canaria) tras desaparecer en el agua. Su cuerpo fue recuperado a 200 metros de la costa por el Grupo Especial de Actividades Subacuáticas (GEAS) de la Guardia Civil. Era promesa del Spar Gran Canaria y había sido convocada para el campus de tecnificación de la Selección Española U12 Femenina.
¿Qué responsabilidad tienen las autoridades locales en playas sin salvamento?
La playa de La Laja no cuenta con servicio de salvamento acuático permanente. Según el Decreto 112/2021 de la Consejería de Transición Ecológica de Canarias, las playas clasificadas como ‘zonas de baño’ deben contar con señalización clara, evaluación de riesgos y, en casos de alto uso, presencia de socorristas. La Laja no figura en el listado oficial de playas con salvamento activo.
El Ayuntamiento de Las Palmas reconoció que la zona carece de vigilancia oficial en horarios no estivales. Esto genera una brecha entre la demanda recreativa y la cobertura legal de protección.
Falta de protocolos de alerta temprana
No se activó ningún sistema de alerta por corrientes peligrosas ni por aguas turbias ese día. Las condiciones meteorológicas eran estables, pero la orografía submarina de La Laja genera corrientes de resaca impredecibles para menores.
¿Qué obligaciones tiene un club deportivo ante la participación de menores en actividades externas?
El Spar Gran Canaria no organizó el desplazamiento ni la estancia de Fabiola en la playa. Sin embargo, su condición de deportista federada activa implica que el club debió haber reforzado la formación en prevención de riesgos para menores en entornos no controlados.
La Ley 3/2022 del Deporte en Canarias exige a entidades federadas incluir módulos de seguridad acuática en programas formativos para menores de 14 años. No hay constancia de que Fabiola hubiera recibido esta capacitación específica.
Coordinación con familias y autoridades
Los clubes deben informar por escrito a los tutores sobre riesgos asociados a la práctica deportiva fuera de instalaciones oficiales. En este caso, no se ha hecho público ningún documento de autorización o aviso previo relacionado con actividades en zonas no supervisadas.
¿Cómo afecta este caso al marco legal del deporte base en España?
La muerte de Fabiola pone en evidencia una fisura estructural: la desconexión entre el impulso al talento deportivo y la garantía de protección integral del menor. El Real Decreto 1835/2008 exige que las federaciones deportivas incluyan protocolos de seguridad en sus normativas internas. Pero su cumplimiento es voluntario en categorías inferiores.
El impacto económico es indirecto pero real: clubes canarios podrían enfrentar mayores costos por seguros de responsabilidad civil y exigencias de formación obligatoria para entrenadores en prevención de emergencias.
Actualización normativa pendiente
La Federación Española de Baloncesto (FEB) anunció en junio una revisión de sus protocolos de protección infantil. El caso de Fabiola acelera esa agenda. Se prevé incluir evaluaciones anuales de riesgo ambiental para actividades extracurriculares.
¿Qué medidas preventivas reales podrían evitarse tragedias similares?
- Instalación de sistemas de alerta acústica y visual en playas de uso familiar no vigiladas.
- Capacitación obligatoria en RCP pediátrica y rescate acuático básico para entrenadores de categorías inferiores.
- Registro único de menores deportistas con historial de formación en seguridad.
- Coordinación obligatoria entre ayuntamientos, clubes y federaciones para zonas de riesgo identificadas.
Datos Clave
- Fabiola Mbulito nació el 3 de marzo de 2014 y tenía 12 años al momento del fallecimiento.
- Su cuerpo fue localizado a 200 metros de la costa por el GEAS de la Guardia Civil.
- Había sido convocada para el campus U12 Femenina de la FIBA en Zaragoza (26–30 julio 2026).
- La playa de La Laja no dispone de servicio de salvamento acuático permanente.
- La Ley 3/2022 del Deporte en Canarias exige formación en prevención de riesgos para menores, pero no especifica sanciones por incumplimiento.
El caso trasciende lo deportivo: es un llamado a revisar cómo se articula la protección del menor entre el ámbito recreativo, el deportivo y la gestión pública del litoral. La ausencia de salvamento no exime de responsabilidad preventiva. La seguridad no es un complemento del talento: es su condición previa.
