En Moaña, un caso de okupación ilegal ha puesto en evidencia las brechas entre la acción judicial, la competencia municipal y la protección efectiva de la propiedad. Manuel Riobó, propietario de una vivienda en O Con, denunció en abril de 2025 un desahucio por precario, tras descubrir que su inmueble —y su garaje comercial— eran ocupados sin autorización por el exnovio de su hija. La situación se prolonga desde 2021 y sigue sin resolverse, pese a tres procedimientos abiertos.
¿Qué es un desahucio por precario y cuándo procede?
Un desahucio por precario se aplica cuando una persona ocupa una vivienda sin título válido: ni contrato de arrendamiento, ni cesión expresa, ni autorización escrita. No es un alquiler irregular. Es una ocupación sin causa jurídica.
El Código Civil establece que quien ocupa sin derecho debe restituir la cosa al propietario de inmediato. No se requiere prueba de mala fe. Basta demostrar la ausencia de título.
El plazo de resolución es clave
En Galicia, los juzgados de primera instancia tramitan estos casos bajo la Ley de Enjuiciamiento Civil. El trámite es más ágil que un desahucio por impago. Pero la realidad muestra retrasos: la vista en este caso no está fijada hasta octubre de 2025, pese a que la demanda se presentó en abril.
¿Puede el Concello cerrar un negocio sin licencia en una vivienda ocupada?
Sí. La falta de licencia de apertura y licencia de actividad es una infracción administrativa independiente del conflicto civil. El Concello de Moaña tiene competencia exclusiva para sancionarla, incluso si el inmueble está judicializado.
Riobó solicitó el cierre del lavadero de coches en septiembre de 2025. La inacción municipal no es legalmente justificable. La judicialización no suspende las funciones inspectivas del ayuntamiento.
El marco legal es claro
La Ley de Régimen Local y la Ley de Suelo de Galicia obligan a los concellos a actuar ante actividades no autorizadas. La omisión puede derivar en responsabilidad patrimonial.
¿Qué pasa con los delitos paralelos: amenazas, daños y violencia de género?
Tres procedimientos penales coexisten con el desahucio civil. Esto complica la estrategia legal, pero no la invalida.
- El caso de violencia de género está en el Juzgado número 2 de Cangas. La jueza apreció indicios, pero denegó la medida de alejamiento por falta de peligrosidad inminente.
- El de amenazas y daños surgió tras una discusión en el inmueble. Aquí, la prueba pericial y testifical es determinante.
Estos procesos no sustituyen al desahucio. Son complementarios. Y su lentitud no paraliza la vía civil.
¿Cuál es el impacto económico real de la okupación prolongada?
La ocupación ilegal no solo afecta al derecho de propiedad. Genera costes directos e indirectos:
- Pérdida de ingresos por alquiler o uso comercial.
- Gastos judiciales y de abogado.
- Deterioro del inmueble sin responsabilidad asumida.
- Desvalorización del inmueble en el mercado local.
En Moaña, donde el parque residencial es limitado y la demanda de locales comerciales crece, cada mes de ocupación no controlada representa un golpe al tejido económico local.
Datos Clave
- El desahucio por precario no requiere contrato ni prueba de mala fe: basta la ausencia de título.
- El Concello debe actuar ante actividades sin licencia, incluso si hay un proceso judicial abierto.
- Tres procedimientos simultáneos (civil, penal por amenazas y por violencia de género) no frenan la vía desahucio.
- La falta de licencia de apertura es una infracción sancionable con multas de hasta 600.000 € según la Ley de Suelo de Galicia.
- El plazo medio de resolución de un desahucio por precario en Galicia supera los 6 meses en casos con oposición.
La situación en O Con refleja un patrón creciente en zonas costeras de Galicia: la convergencia entre okupación ilegal, actividad económica no regulada y debilidad en la coordinación entre administraciones. La respuesta no es solo judicial. Requiere acción municipal proactiva, formación de los cuerpos locales y mayor transparencia en los plazos judiciales.
