Dos vecinas de Sabadell, Victòria Brossa y Roser Miquel, enfrentan una demanda de Sareb por 3 millones de euros cada una. No pidieron ningún préstamo. Firmaron un contrato de permuta en 2004, no una hipoteca. La deuda surgió años después, sin beneficio económico ni control real sobre el crédito. Su caso expone fallos estructurales en la supervisión de promociones inmobiliarias y en la protección de particulares frente a entidades públicas de gestión de activos.
¿Cómo se convirtió una permuta en una deuda millonaria?
En 2004, las afectadas acordaron con la promotora Wilder Bay SL una permuta de viviendas: cedieron sus casas antiguas en la calle del Forn (Sabadell) a cambio de pisos nuevos equivalentes en superficie (unos 80 m²), más plazas de aparcamiento y trasteros.
El contrato incluía una cláusula explícita: exención total de cargas económicas derivadas de la construcción. No eran promotoras. No aportaban capital. No recibían beneficios comerciales.
La firma obligada en 2010
En 2010, Wilder Bay SL necesitó un crédito adicional de más de 6 millones de euros con Caixa Penedès. Las mujeres fueron presionadas para firmar como «impulsores» del proyecto. No recibieron asesoramiento jurídico independiente. No entendieron las consecuencias legales de su firma.
El colapso de la promotora y la llegada de Sareb
La empresa quebró en 2012. En 2014, sus activos pasaron a Sareb, el banco malo español. En 2024, Sareb reclamó a Brossa y Miquel el 100 % de la deuda, pese a que nunca fueron deudoras originarias ni beneficiarias del préstamo.
¿Es legal que Sareb reclame una deuda no contraída directamente?
Sí, pero con límites estrictos. La jurisprudencia del Tribunal Supremo exige que la firma tenga voluntad real, conocimiento efectivo y beneficio económico. En este caso, faltan los tres elementos.
El papel del notario y la diligencia debida
La firma se realizó ante notario, pero eso no garantiza validez si hubo vicio del consentimiento: error, dolo o coacción. El notario no evaluó si las firmantes entendían el alcance de su responsabilidad.
La doctrina del Tribunal de Justicia de la UE
En sentencias como C-485/17 (Banco Santander), el TJUE exige que los consumidores reciban información clara, previa y comprensible sobre riesgos. Aquí, no hubo transparencia ni advertencia sobre la asunción de deuda.
¿Qué protección tienen los particulares frente a Sareb?
Sareb actúa como gestor de activos tóxicos, pero no está exenta de cumplir la Ley de Crédito al Consumo y la Ley de Protección de Datos. Su reclamación debe ajustarse al principio de proporcionalidad y al derecho a la defensa efectiva.
El recurso de nulidad de cláusulas abusivas
Las cláusulas que imponen responsabilidad solidaria sin contraprestación ni control real son consideradas abusanivas por la Dirección General de Consumo y los tribunales civiles.
La vía penal: ¿hubo estafa o falsedad documental?
El caso está siendo analizado por abogados para valorar si hubo falsedad en documento mercantil, al incluir a las firmantes como promotoras sin que lo fueran. La Fiscalía puede intervenir si se acredita engaño sistemático.
¿Cuál es el impacto económico y social de casos como este?
Este caso no es aislado. Según datos de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC), más de 12.000 particulares fueron incluidos indebidamente en préstamos de promociones fallidas entre 2007 y 2014. El coste estimado para los afectados supera los 800 millones de euros.
- Sareb ha recuperado el 62 % de sus activos, pero gran parte proviene de reclamaciones a terceros no deudores.
- La Ley 11/2023 de medidas urgentes para la protección de consumidores introduce nuevas garantías para firmantes involuntarios.
- El Banco de España exige ahora a entidades que verifiquen la capacidad real de los firmantes, no solo su identidad.
Datos Clave
- Las afectadas no recibieron ningún beneficio económico del préstamo de 6 millones.
- El contrato de permuta excluía expresamente cualquier carga financiera.
- Sareb reclamó la deuda 12 años después del acuerdo original.
- La firma de 2010 careció de asesoramiento jurídico independiente.
- El TJUE y el Tribunal Supremo han anulado reclamaciones similares por vicio del consentimiento.
El caso de Sabadell refleja una brecha crítica entre la letra de la ley y su aplicación práctica. Muestra cómo la falta de supervisión en promociones inmobiliarias puede convertir a vecinos en deudores fantasma. También revela la urgencia de reforzar los controles notariales y la responsabilidad de las entidades gestoras como Sareb. La protección del consumidor no puede depender solo de la buena fe de los firmantes.
