La promoción de Les Naus en Alicante ha reabierto el debate sobre el cumplimiento de la normativa de vivienda de protección pública. Desde 2018, su proceso de adjudicación omitió los principios de igualdad, publicidad y concurrencia, exigidos por el Decreto 90/2009 del Consell. Esto generó una investigación judicial y cuestionamientos sobre transparencia, uso de suelo público y responsabilidad administrativa.
¿Qué exige la ley para la adjudicación de viviendas protegidas?
El Decreto 90/2009 establece que toda promoción de vivienda de protección pública, ya sea pública o privada, debe respetar tres pilares legales: igualdad, publicidad y concurrencia. Estos principios aplican cuando el suelo proviene de concursos públicos —como ocurrió en La Condomina—, independientemente del régimen de explotación final (venta o arrendamiento).
El argumento de la cooperativa no sostiene el marco legal
Francisco Ordiñana, gestor de la cooperativa promotora, afirmó ante la jueza Amparo Rubio que las 140 viviendas no estaban sujetas a esos principios porque eran para uso propio. Sin embargo, la norma no distingue por titularidad final: si el suelo es público y la promoción está amparada bajo el régimen de protección, la adjudicación debe ser pública y transparente.
¿Por qué la falta de publicidad es un problema grave?
La ausencia de difusión oficial del proceso afectó directamente el acceso equitativo. La lista de espera superó las 2.000 personas, pero la promoción no se anunció en canales oficiales ni se publicó en el Boletín Oficial de la Comunidad Valenciana. Esto socava la confianza ciudadana y viola el deber de transparencia exigido por la Ley 19/2013 de Transparencia.
El rol del suelo municipal es clave
El terreno de La Condomina fue cedido por el Ayuntamiento de Alicante. Su uso para vivienda protegida implica una contraprestación social. Al omitir la publicidad, se privó a miles de ciudadanos de participar en un proceso que, por ley, debía ser abierto y verificable.
¿Qué impacto económico tiene esta irregularidad?
La promoción de Les Naus representa una inversión cercana a los 45 millones de euros, con financiación parcial de fondos públicos y garantías bancarias vinculadas a su condición de protección. Cualquier incumplimiento pone en riesgo la validez de las adjudicaciones y abre la puerta a reclamaciones civiles y sanciones administrativas. Además, afecta la credibilidad de futuras promociones en suelo público, desincentivando la inversión privada responsable.
El precedente judicial ya está en marcha
La Fiscalía Anticorrupción investiga posibles delitos de prevaricación y fraude. El caso podría sentar jurisprudencia sobre cómo se interpretan los conceptos de uso propio y adjudicación cooperativa en el marco de la protección oficial. No es la primera vez que se cuestiona la legalidad de promociones bajo fórmulas cooperativistas que evaden controles públicos.
¿Qué dice el marco legal actual sobre las cooperativas y la vivienda protegida?
La Ley 3/2023 de Vivienda refuerza los controles sobre promociones en suelo público. Exige que las cooperativas que operan bajo régimen de protección cumplan con los mismos requisitos que los promotores privados: publicidad en medios oficiales, plazos mínimos de inscripción y criterios objetivos de selección. El argumento de Ordiñana —que “la gente ya sabía” por la reputación de su empresa— carece de base legal y contradice el espíritu de la norma.
Datos Clave
- El Decreto 90/2009 exige igualdad, publicidad y concurrencia en toda adjudicación sobre suelo público.
- Las 140 viviendas de Les Naus se construyeron en terreno cedido por el Ayuntamiento de Alicante.
- La cooperativa registró una lista de espera de 2.000 personas, pero no hubo convocatoria pública.
- Ordiñana admitió ante la jueza que no se aplicó el procedimiento reglamentario.
- La Fiscalía Anticorrupción investiga posibles delitos de prevaricación administrativa y fraude de subvenciones.
- La Ley 3/2023 de Vivienda refuerza la obligatoriedad de transparencia, incluso para cooperativas.
El caso Les Naus no es un aislado. Refleja una brecha estructural entre la normativa y su aplicación real. Mientras no se exija el cumplimiento estricto de los principios de concurrencia y publicidad, las promociones en suelo público seguirán generando desconfianza, litigios y pérdida de recursos públicos.
