El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ha emitido una sentencia que revoca una decisión anterior del juzgado de lo Contencioso-Administrativo Número 2 de Santiago, condenando al Servizo Galego de Saúde a indemnizar a la familia de un paciente fallecido en 2018. Este caso ha suscitado un intenso debate sobre la responsabilidad médica y la calidad de la atención en los servicios de urgencias.
El paciente, un hombre de 65 años con antecedentes de enfermedades cardiovasculares, acudió al PAC de Verín tras experimentar síntomas que inicialmente fueron diagnosticados como gastroenteritis vírica. Sin embargo, dos horas después de recibir atención médica, el paciente sufrió una parada cardiorrespiratoria en su hogar, lo que llevó a su familia a solicitar una indemnización de 162.200 euros, argumentando que la atención médica fue deficiente y que no se consideraron adecuadamente sus antecedentes cardíacos.
### La atención médica y el diagnóstico erróneo
El caso se centra en la atención que recibió el paciente en el PAC de Verín. Tras asistir a una comida familiar, comenzó a experimentar malestar estomacal y, a pesar de que sus síntomas se intensificaron, fue diagnosticado con gastroenteritis. El médico que lo atendió no consideró necesario realizar un electrocardiograma, a pesar de que el paciente presentaba síntomas que podrían haber indicado un problema cardíaco, como dolor en el pecho y sudoración excesiva.
La familia del paciente argumentó que el diagnóstico de gastroenteritis fue incorrecto y que la medicación prescrita pudo haber sido perjudicial, dado el historial médico del paciente. La primera sentencia del juzgado de Santiago desestimó la demanda, basándose en la falta de evidencia en la historia clínica que indicara un problema cardíaco en el momento de la atención. Sin embargo, el TSXG revisó este caso y encontró que había indicios de un infarto que no fueron considerados adecuadamente.
Una enfermera que atendió al paciente en su hogar tras el diagnóstico inicial testificó que, al revisar la gráfica del electrocardiograma, se evidenciaban signos claros de infarto. Esta declaración fue crucial para el TSXG, que concluyó que la falta de detección del infarto y la consiguiente falta de atención adecuada privaron al paciente de oportunidades de tratamiento que podrían haber mejorado su situación.
### La responsabilidad patrimonial y la indemnización
El TSXG determinó que había una responsabilidad patrimonial del Sergas, lo que significa que el sistema de salud debía asumir la responsabilidad por la negligencia en la atención médica. La sentencia subrayó que la falta de un diagnóstico adecuado y la omisión de realizar un electrocardiograma fueron factores determinantes en la muerte del paciente. La indemnización se fijó en 60.000 euros, distribuidos entre la viuda y las dos hijas del fallecido, considerando la edad del paciente y su estado de salud previo.
El tribunal también abordó la doctrina del Supremo sobre la pérdida de oportunidad, que establece que la falta de atención adecuada puede dar lugar a una indemnización, aunque se reconozca que no siempre se puede garantizar un resultado positivo. En este caso, aunque no se pudo determinar con certeza el nivel de afección cardíaca que presentaba el paciente, el tribunal concluyó que su condición era grave, dado que falleció solo dos horas después de la atención médica.
La sentencia del TSXG ha generado un debate sobre la calidad de la atención médica en los servicios de urgencias y la importancia de considerar los antecedentes médicos de los pacientes al realizar diagnósticos. Este caso pone de relieve la necesidad de protocolos más rigurosos en la atención de pacientes con antecedentes cardíacos y la importancia de una evaluación exhaustiva de los síntomas presentados.
La decisión del TSXG también abre la puerta a futuras reclamaciones por negligencia médica en casos similares, subrayando la importancia de la responsabilidad médica y la necesidad de garantizar que los pacientes reciban la atención adecuada en situaciones críticas. La familia del paciente ha expresado su satisfacción con la resolución del tribunal, aunque la pérdida de su ser querido es irreparable. Este caso es un recordatorio de la fragilidad de la vida y la importancia de una atención médica adecuada y oportuna.