La situación de los menores no acompañados en España ha alcanzado un punto crítico, lo que ha llevado al Tribunal Supremo a intervenir de manera contundente. En una reciente resolución, la Sala del Tribunal Supremo ha ordenado al Gobierno la adopción urgente de medidas para atender a más de un millar de menores no acompañados que se encuentran en Canarias y que desean solicitar asilo. Esta decisión se produce tras la constatación de un «claro incumplimiento» por parte del Ejecutivo en relación con las medidas cautelares establecidas anteriormente.
### La falta de acción del Gobierno
El Tribunal Supremo, presidido por Carlos Lesmes, ha señalado que el Gobierno no ha evaluado a ningún menor en los dos meses transcurridos desde la última medida cautelar. Esta falta de acción ha sido considerada como un grave desconocimiento de los derechos que la legislación de protección internacional otorga a los solicitantes de asilo, especialmente a aquellos en situación de vulnerabilidad como son los menores no acompañados. La situación es alarmante, ya que la comunidad autónoma de Canarias se encuentra desbordada por el número de llegadas de estos menores, y el Gobierno ha admitido que no ha tramitado ningún expediente relacionado con ellos.
La Sala ha enfatizado que la Administración estatal no ha cumplido con su responsabilidad de garantizar el acceso de estos menores a las condiciones de acogida que les corresponden. A pesar de que Canarias está haciendo esfuerzos por atender a estos menores, la falta de colaboración y recursos por parte del Gobierno central ha agravado la situación. Los magistrados han dejado claro que es imperativo que se reconozcan y respeten los derechos de estos menores, que son competencia exclusiva del Estado.
### Plazos y medidas coercitivas
El Tribunal Supremo ha establecido un plazo improrrogable de 30 días para que el Gobierno dote a las oficinas administrativas encargadas de la tramitación de solicitudes de protección internacional con los recursos necesarios. Esto incluye tanto medios personales como materiales, para que las solicitudes sean formalizadas y resueltas en un plazo razonable. En este sentido, se ha estipulado que no debe transcurrir más de seis días entre la manifestación de la voluntad de solicitar protección internacional y la formalización de la solicitud.
Además, el Supremo ha ordenado que en un plazo de 15 días se articule una colaboración efectiva con Canarias, asegurando que se le proporcionen los recursos necesarios para garantizar el acceso de estos menores al sistema de acogida. La Sala ha exigido que se identifiquen a los responsables de cumplir con estas medidas en cada uno de los ministerios implicados, advirtiendo que, de no hacerlo, se tomarán medidas coercitivas.
El Tribunal ha dejado claro que, en caso de incumplimiento, se impondrán multas que oscilan entre 150 y 1,500 euros a las autoridades y funcionarios responsables. Estas multas podrán ser reiteradas hasta que se cumpla con la ejecución del fallo judicial. En situaciones extremas, se podrá deducir testimonio para depurar responsabilidades penales que pudieran corresponder a los responsables de este incumplimiento.
La intervención del Tribunal Supremo refleja la urgencia y la gravedad de la situación que enfrentan los menores no acompañados en España. La falta de acción del Gobierno no solo pone en riesgo los derechos de estos menores, sino que también plantea serias cuestiones sobre la capacidad del Estado para gestionar adecuadamente la crisis migratoria que afecta a este grupo vulnerable. La presión del Tribunal Supremo podría ser el catalizador necesario para que el Gobierno tome medidas efectivas y rápidas que garanticen la protección y el bienestar de estos menores, quienes merecen un trato digno y justo en su búsqueda de asilo y protección internacional.