El juez Juan Carlos Peinado ha impuesto medidas cautelares restrictivas a Begoña Gómez, mujer del presidente del Gobierno, y a su asistente en Moncloa, María Cristina Álvarez, tras apreciar riesgo de fuga. Ambas enfrentan penas de hasta 16 años de cárcel por presuntos delitos relacionados con programas de cátedras y postgrados en la Universidad Complutense de Madrid. La decisión forma parte de un proceso judicial en fase previa al juicio oral ante jurado.
¿Por qué se retiró el pasaporte a Begoña Gómez y su asistente?
El auto del 20 de junio de 2026 fundamenta la retirada de pasaportes en la gravedad de los hechos imputados. Las penas previstas oscilan entre dos y 16 años de prisión, lo que activa el umbral legal para medidas restrictivas de libertad.
El juez subraya que la protección institucional que reciben —como el acompañamiento de agentes de los cuerpos de Seguridad del Estado— es transitoria. Al ser una condición ligada al cargo de su esposo, su desaparición podría facilitar una posible fuga.
Riesgo de fuga basado en la condición institucional
La efimeridad del respaldo oficial es clave. El magistrado señala que esa protección “es algo efímero, y por tanto transitorio”. Sin ella, las imputadas tendrían mayor autonomía para eludir la acción de la justicia.
¿Qué otras medidas restrictivas se aplican?
Además de la retirada de pasaportes, el juez ha decretado:
- Prohibición de salida del territorio nacional, aplicable a ambos países y aeropuertos civiles y militares.
- Comparecencia quincenal en el juzgado madrileño.
- Prohibición expresa de expedir nuevos pasaportes, incluidos los de carácter diplomático.
Estas medidas responden al principio de proporcionalidad y se alinean con el artículo 529.1 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, que autoriza restricciones cuando existe riesgo fundado de fuga, obstaculización de la investigación o reiteración delictiva.
Marco legal: ¿qué dice la ley sobre la retirada de pasaportes?
La medida no es excepcional. El Código Penal y la LECrim permiten limitar la libertad de desplazamiento cuando concurren indicios razonables de riesgo. En este caso, el juez ha valorado la gravedad de los cargos, la vinculación personal entre las imputadas y la posible pérdida de cobertura institucional.
¿Cuál es el impacto económico y reputacional del caso?
El caso afecta directamente al modelo de financiación privada en la universidad pública. Las cátedras y programas postgrado financiados por empresas como Juan Carlos Barrabés —tercer imputado— han generado debate sobre la independencia académica, la transparencia en los convenios y la posible influencia privada en la docencia.
Desde el punto de vista económico, el sector universitario español recibe anualmente más de 300 millones de euros en fondos privados. Este caso pone bajo lupa los controles de conflicto de intereses, la rendición de cuentas y los mecanismos de supervisión de la Agencia Estatal de Evaluación de las Políticas Públicas y la Calidad de los Servicios (AEVAL) y la Comisión Nacional Evaluadora de la Actividad Investigadora (CNEAI).
Datos Clave
- El juez Juan Carlos Peinado dictó la medida el 20 de junio de 2026.
- Se retiraron todos los pasaportes, incluidos los diplomáticos y de cualquier nacionalidad.
- La prohibición de salida del territorio nacional afecta a aeropuertos civiles y militares.
- Ambas imputadas deben comparecer cada quince días ante el juzgado.
- El juicio oral se celebrará ante jurado popular, no ante tribunal profesional.
¿Qué implica la comparecencia ante jurado en este tipo de casos?
La elección del juicio oral ante jurado responde a la naturaleza de los delitos imputados: presuntos delitos contra la Administración Pública, cohecho y prevaricación. Estos figuran en el listado del artículo 12 de la Ley Orgánica del Jurado, que exige participación ciudadana cuando las penas superan los dos años de prisión.
Esta vía judicial añade complejidad al proceso. El jurado evalúa los hechos probados, no la calificación jurídica. Por tanto, la defensa y la acusación deben centrarse en la narrativa fáctica, no en argumentos puramente técnicos.
Contexto actual: ¿cómo afecta la opinión pública y la confianza institucional?
El caso se produce en un momento de creciente escrutinio sobre la ética en la alta función pública. Según el Barómetro del CIS de mayo de 2026, la confianza en las instituciones educativas ha caído un 12 % en tres años. Este proceso judicial podría acelerar esa desafección si no se garantiza transparencia y equidad procesal.
La Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno exige publicidad en actuaciones de alto impacto. Sin embargo, los autos judiciales no son públicos por defecto. La prensa solo accede a ellos mediante filtraciones o autorización expresa del juez —como ocurrió en este caso.
