El Tribunal Supremo ha declarado firme la anulación de la paga de beneficios en los centros de Stellantis en España. La decisión confirma que el acuerdo sobre la CLPI (Compensación por Logro de Resultados del Grupo) era discriminatorio para trabajadores en situación de baja laboral. Esto afecta directamente a miles de empleados en Vigo y otros centros productivos. La sentencia tiene impacto inmediato en la retribución variable y refuerza la primacía de la legislación laboral sobre acuerdos colectivos.
¿Por qué el Tribunal Supremo anuló la paga de beneficios de Stellantis?
El alto tribunal inadmitió el recurso de casación presentado por la empresa. No entró al fondo del asunto porque detectó causas procesales insalvables. Entre ellas, la falta de coincidencia entre el objeto de la acción colectiva y el caso de referencia utilizado por Stellantis. Esto impide la unificación de doctrina, requisito esencial para este tipo de recurso.
La decisión refuerza el control judicial sobre acuerdos que, aunque negociados con sindicatos mayoritarios, vulneren derechos individuales.
¿Qué es la CLPI y por qué fue considerada discriminatoria?
La CLPI es una retribución variable vinculada a los resultados globales del grupo Stellantis. No está consolidada y se renegocia cada cierto tiempo junto con el convenio colectivo.
La discriminación real
El sistema reducía proporcionalmente la paga a quienes estaban de baja médica, maternidad, paternidad o en situación de excedencia. Esto contraviene el Estatuto de los Trabajadores, que prohíbe diferencias salariales basadas en situaciones protegidas por la ley.
El papel de los sindicatos
CCOO, UGT y SIT firmaron el acuerdo en Balaídos. Pero la CUT, ausente en esa firma, denunció el mecanismo. Su demanda fue estimada inicialmente por el Juzgado de lo Social de Vigo, luego confirmada por el TSXG, y ahora ratificada por el Supremo.
¿Cuál es el impacto económico para los trabajadores y la empresa?
La anulación implica la devolución de importes retenidos desde la entrada en vigor del acuerdo impugnado. Se estima que afecta a más de 5.000 empleados en España, principalmente en la planta de Vigo —la más grande de Stellantis en el país—.
- Las reclamaciones individuales podrían superar los 20 millones de euros en total.
- Stellantis deberá reestructurar su sistema de retribución variable para alinearlo con la igualdad de trato.
- El caso abre precedente para otras empresas con esquemas similares de prima vinculada a asistencia.
¿Qué marco legal respalda la sentencia?
La decisión se sustenta en tres pilares jurídicos clave:
Principio de no discriminación
El artículo 4.2.e) del Estatuto de los Trabajadores prohíbe tratos desfavorables por razón de situación de salud, maternidad o excedencia.
Jurisprudencia consolidada
El Tribunal Supremo ya ha declarado nulos acuerdos que condicionen primas a la asistencia física o a la permanencia activa en el puesto.
Jerarquía normativa
Los acuerdos colectivos no pueden derogar derechos mínimos garantizados por ley. La CLPI, al no ser consolidada, no escapa al control de legalidad.
Datos Clave
- La sentencia es firme: no cabe más recurso contra la anulación de la CLPI.
- La CUT fue la única organización sindical que impugnó el acuerdo desde el inicio.
- El TSXG ya había confirmado la ilegalidad antes del recurso al Supremo.
- Stellantis aplicó la CLPI desde 2022, lo que amplía el periodo de devoluciones.
- El caso sienta jurisprudencia para otros sectores con esquemas de prima por asistencia o rendimiento grupal.
El fallo no solo restituye derechos individuales. Refuerza que la negociación colectiva debe respetar los límites impuestos por la Constitución y la directiva europea de igualdad. Las empresas deben revisar sus sistemas de retribución variable para evitar sanciones y litigios futuros.
