La jueza Nuria Ruiz Tobarra ha reactivado formalmente su requerimiento a Carlos Mazón, expresidente de la Generalitat Valenciana, para que entregue sus mensajes de WhatsApp y registros de llamadas del 29 de octubre de 2024. Esa fecha coincide con el pico de la dana que causó graves inundaciones en la Comunidad Valenciana. El requerimiento es vinculante tras la resolución de la Audiencia de Valencia, que reconoció a Mazón la condición de preinvestigado, no de simple testigo.
¿Por qué la jueza insiste ahora con los WhatsApp y llamadas de Carlos Mazón?
La magistrada ya solicitó estos datos el 24 de marzo de 2026. Pero la defensa de Mazón impugnó su citación como testigo. Exigió el estatus de preinvestigado, con derecho a no declarar y a recurrir actuaciones judiciales. La Audiencia de Valencia le dio la razón el 7 de mayo. Tras esa decisión, la jueza anuló la citación anterior y reactivó el requerimiento con plazo de tres días.
El plazo y el alcance del requerimiento
El abogado de Mazón, Ignacio Gally, debe manifestar por escrito si aporta voluntariamente:
- El listado completo de llamadas entrantes y salientes del 29 de octubre de 2024.
- Los mensajes de WhatsApp y otras aplicaciones de mensajería relacionados con la emergencia.
- Las facturas de telefonía que respalden los registros.
Todo ello será cotejado por la letrada de la administración de justicia, como exige la Ley de Enjuiciamiento Criminal.
¿Qué implica ser preinvestigado en una causa por gestión de emergencias?
La condición de preinvestigado no exime de colaborar con la justicia. Solo otorga garantías procesales: derecho al silencio, a la asistencia letrada y a impugnar actuaciones. Pero no protege frente a la entrega de pruebas documentales. La jurisprudencia del Tribunal Supremo es clara: los registros telefónicos y mensajes son pruebas documentales objetivas, no declaraciones personales.
El marco legal aplicable
La Ley Orgánica 10/1995 del Código Penal y la Ley 1/2000 de Enjuiciamiento Criminal regulan la obtención de datos electrónicos. El artículo 579.2 exige que las comunicaciones privadas se obtengan con autorización judicial. Aquí, la jueza no pide interceptación: pide entrega voluntaria de datos ya generados. Eso reduce el riesgo de nulidad procesal.
¿Cuál es el impacto económico y político de esta investigación?
La dana de octubre de 2024 causó más de 1.200 millones de euros en daños en la Comunidad Valenciana, según la Conselleria de Hacienda. El Gobierno central activó el Fondo de Cohesión para emergencias. Pero la oposición exige aclarar si hubo falta de coordinación institucional, retrasos en la activación del Plan Especial de Protección Civil o decisiones que agravaron los efectos. Cualquier hallazgo de negligencia podría derivar en responsabilidades civiles o penales.
El contexto actual de la causa
La causa, conocida como ‘Caso Dana’, ya incluye a 12 imputados: técnicos de la Dirección General de Protección Civil, responsables de la Confederación Hidrográfica del Júcar y exaltos cargos de la Generalitat. Mazón es el primer expresidente en ser formalmente requerido. Su cooperación o negativa marcará el ritmo de la investigación.
¿Qué dice la doctrina sobre la entrega voluntaria de WhatsApp en causas institucionales?
La entrega voluntaria de mensajes no implica reconocimiento de responsabilidad. Pero sí puede servir para reconstruir cronologías, identificar órdenes, detectar omisiones o verificar la activación de protocolos. El Tribunal Constitucional ha subrayado que los datos de tráfico (como listados de llamadas) tienen menor protección que el contenido de los mensajes. Por eso, su aportación es más exigible.
Datos Clave
- La jueza Nuria Ruiz Tobarra requirió los datos el 24 de marzo y reiteró el 5 de junio de 2026.
- El plazo para responder es de tres días hábiles tras la notificación.
- Mazón tiene la condición de preinvestigado, no de testigo ni imputado.
- Los mensajes y llamadas del 29 de octubre de 2024 son clave para verificar la gestión de la emergencia.
- La Audiencia de Valencia avaló su estatus el 7 de mayo, tras recurso de su defensa.
El caso se enmarca en una creciente exigencia de transparencia en la gestión de riesgos climáticos. Con fenómenos extremos en aumento, los tribunales priorizan la revisión de decisiones ejecutivas en tiempo real. La entrega de comunicaciones digitales ya es estándar en causas de responsabilidad institucional. No es una excepción: es un nuevo estándar de rendición de cuentas digital.
